REFORMA FINANCIERA OFRECE NUEVAS GARANTÍAS A CLIENTES Y DA MÁS DIENTES A LOS ORGANISMOS DE CONTROL


La futura Ley, que se espera sea sancionada por el Presidente en tres meses, trae cambios en el esquema de esta actividad. Las empresas dedicadas a la actividad financiera fueron objeto de varios cambios en la más reciente reforma del sector. La idea es que varias de ellas sean más flexibles y puedan entrar en más negocios, al tiempo que se busca ajustar su actividad a los acuerdos de libre comercio que persigue el país. Así, las compañías de financiamiento comercial, perderán la palabra 'comercial' y tendrán tres meses para modificar su denominación. Los bancos podrán prestar para adquirir el control de una empresa, prohibición que se estableció durante el gobierno de Belisario Betancur a raíz del descalabro del Grupo Grancolombiano, cuando varias entidades usaron el ahorro captado del público para apoderarse de empresas del sector real. Quienes están a favor de este cambio creen que la regulación y la supervisión financiera han avanzado bastante, y por ende hoy ya se les puede dar más flexibilidad a los bancos. A estos la futura Ley también les permitirá ofrecer operaciones de leasing y arrendamiento sin opción de compra, que por ahora solo están restringidas a las compañías especializadas en leasing. Otro cambio consiste en autorizar al Icetex para que pueda emitir, directamente o a través de fideicomiso, Títulos de Ahorro Educativo (TAE), con vencimiento a 24 años y cuyo monto total podrá ser hasta de una vez el patrimonio neto de la entidad. Adicionalmente, la reforma modifica la naturaleza y denominación de las casas de cambio, las cuales pasarán a llamarse sociedades de intermediación cambiaria y de servicios financieros especiales, al tiempo que se les autorizan nuevas operaciones como pagos de transferencias nacionales en moneda nacional y actuar como corresponsales no bancarios. El lío es que por la crisis que vivió este negocio no quedan casas de cambio que puedan beneficiarse de estas medidas. En el tema de estructura de las empresas, se aprobaron además dos cambios a los que se opuso el Banco de la República y que consisten en eximir a Bancóldex y a Findeter del régimen de encaje que aplica para todas las entidades financieras, para pasarlos a uno que señale el Gobierno. Según el Emisor, esta decisión se atraviesa en su autonomía como autoridad monetaria del país, pues es él quien define el régimen de encaje y no el Ejecutivo. A estas modificaciones se suman las que tienen que ver con lo negociado en los TLC con Estados Unidos, Canadá y el Efta, y que permiten el comercio transfronterizo de seguros, es decir, que aseguradoras del exterior puedan ofrecer en el país pólizas de transporte marítimo internacional, de aviación comercial internacional y de lanzamiento y transporte espacial (incluyendo satélites). A su vez, los colombianos podrán adquirir seguros del exterior (cosa que muchos hacen, pero que estaba prohibido), con excepción de los que tienen que ver con seguridad social y los obligatorios, como el Soat. También se abren las puertas para el montaje de sucursales de bancos y compañías de seguros del exterior en Colombia, las cuales deberán cumplir con las exigencias patrimoniales que fije la Superfinanciera y estar sometidas a su inspección y vigilancia.Adicionalmente, se establece un régimen general de intereses de mora que debe reconocer la Nación para responder por las obligaciones en las que incumpla el Estado. El plan es reconocer como máximo el doble del interés bancario corriente de acuerdo con el que certifique la Superfinanciera. Modificaciones en la supervisión El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín) y la Superfinanciera son dos de las entidades que resultan más fortalecidas con la reforma. Por eso además de darles más funciones, les otorgan capacidades para que puedan ayudar a evitar que en el país se presente una crisis financiera como la que ocurrió en E.U. Entre otras cosas, se permitirá que entidades diferentes a los establecimientos de crédito, como las sociedades administradoras de carteras colectivas (fondos de inversión), puedan acudir a mecanismos de liquidez del Banco de la República y a la figura de seguro de depósito que da Fogafín. También se autoriza a la Superfinanciera para establecer convenios de cooperación y de acción conjunta para toma de medidas con organismos internacionales de supervisión. De otro lado, la reforma, que contiene 101 artículos, establece cambios en temas diversos como: permitir las titularizaciones hipotecarias con leasing habitacional, pues por ahora solo se hacen con créditos de vivienda tradicionales. También autoriza a las fiduciarias a celebrar contratos de fiducia mercantil para administrar los recursos de los subsidios familiares de vivienda de interés social, al tiempo que el Fondo Nacional del Ahorro quedará habilitado para administrar un fondo separado con los recursos provenientes de dichos subsidios cuando sean objeto de revocación o renuncia.